PRACTICA CALIFICADA II - DERECHO ADUANERO
PRÁCTICA CALIFICADA DERECHO ADUANERO II UNIDAD
NOMBRES Y APELLIDOS: VILLANUEVA BARRETO FLOR
DE MARIA
ALARCON CASTILLO ALEXANDRA ALDANA
CHAMAYA PALLI DARLET LUCERO
CAHUANA CHAMBE JOSHUA ABEL
APAZA MAMANI ANA MARIA
SCARLETH APAZA JARRO
Nota: Responder con base legal exacta; LIMITARSE AL
ESPACIO ASIGNADO.
MEDIDAS IMPOSITIVAS PARA LAS MERCANCÍAS DE LA SUBPARTIDA NACIONAL 6405.20.00.00 ESTABLECIDAS PARA SU INGRESO AL PAÍS (CALZADO)
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Gravámenes
Vigentes |
Valor |
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Ad / Valorem |
11% |
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Impuesto Selectivo al
Consumo |
0% |
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Impuesto General a las
Ventas |
16% |
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Impuesto de Promoción
Municipal |
2% |
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Derecho Específicos |
N.A. |
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Derecho Antidumping |
N.A. |
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Seguro |
2% (320 USD) |
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Sobretasa Tributo |
0% |
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Unidad de Medida: |
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Sobretasa Sanción |
N.A. |
IMPORTADOR:
famotsa EIRL (TQ)- EXPORTADOR: LUI CORP (TAIWAN) MERCADERÍA:- Calzado S/M EN CONTENEDOR 20” -Precio de INVOICE: 30,000 USD.HANDLING: 100
USD. –ARRIBO DE LA NAVE HUAL AL CALLAO: 28 OCT 2019. TÉRMINO DE DESCARGA (TDD[1]) 29 DE OCTUBRE 2019. –
FLETE MARÍTIMO: TAIWAN – CALLAO: 2,500 USD. Estiba: 150 USD: Handling: 100 USD;
FECHA DE NUMERACIÓN DAM: 1 NOVIEMBRE 2019. FLETE TERRESTRE LIMA – TACNA: 500
USD. Se presenta la Póliza de seguro “La Positiva”,prima:385 usd. CANAL DE
CONTROL: NARANJA. Importante: ADUANA DE
DESPACHO Callao
1.
Determinar la base imponible o Valor
en aduanas: (5P)
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Usd: 32885 |
Base
legal: art.
142 de LGA- D.L.Nº1053 |
¿Cuándo
nace la OTA?
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Fecha:
30 DE OCTUBRE DDE 2019 |
Base
legal: : D.L. N° 1053 – artículo
140: Nacimiento de la Obligación Tributaria Aduanera. |
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FECHA:
1 NOVIEMBRE 2019 |
BASE
LEGAL: Art.
150.- inciso a) acápite 1 de la Ley General de Aduanas |
SIGNIFICADO: Esta nos sirve para poder precisar
la fecha de inicio del cómputo, que se necesitara para le llegue el cobro de
aquellos intereses monetarios, legales y compensatorios. |
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Infractor(es) |
- Empresa de servicio de entrega rápida. |
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Sanciones
(detallar CON BASE LEGAL en Ley General de Aduanas y Tabla de Infracciones y
sanciones) |
TABLA DE
SANCIONES: -
Tipo de sanción: Grave -
Sanción:
Equivalente al doble de los tributos y recargos dejados de pagar o
garantizar. N68: Asignar una subpartida nacional incorrecta, si existe incidencia en los tributos o recargos, salvo que resulte aplicable el supuesto de infracción N69. (...) |
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Infractor(es): |
-
Empresa de servicios de entrega rápida |
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Sanciones
(detallar CON BASE LEGAL en Ley General de Aduanas y Tabla de Infracciones y
sanciones) |
LGA:
LGA: Articulo 197, inciso e) TABLA DE
SANCIONES: Tipo de
Sanción: Grave Sanción:
Equivalente al doble de los tributos y recargos dejados de pagar o garantizar Código:
N65 En los regímenes de importación y de perfeccionamiento, transmitir la declaración aduanera de mercancías con información que no guarde conformidad con los datos proporcionados por el operador interviniente respecto a: Marca comercial en este caso. |
4. En caso de existir una Fiscalización Posterior. ¿Hasta qué fecha cesaría la acción fiscalizadora de SUNAT en este caso de activarse PRESCRIPCIÓN?
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Fecha: En el presente, a la existencia de DAM, el plazo es de 4 años. |
Base
legal (TUO del CT): Artículo 43° del TUO |
a.
Hasta
cuando tiene plazo para interponer el recurso.
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Rta: Tiene
plazo para interponer recurso dentro de los 20 días hábiles, contando desde
el día hábil siguiente en que se notificó (29 de octubre del 2022). Base legal: Artículo 137° inciso 2) del TUO del CT. (D.S. 135-99-EF) |
b. En caso de no obtenerse respuesta formal de la Intendencia de Aduanas de Tacna en el plazo de ley. Cómo y en qué plazo accionaría (si DECIDE que la mejor opción es agotar vía administrativa).Respondan con base legal.
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Rta:
Interponiendo una apelación ante el superior jerárquico, a los 15 días de a
ver transcurrido el plazo de los 9 meses establecidos en la ley |
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