EVALUACIÓN FINAL DERECHO ADUANERO
EVALUACIÓN
FINAL DERECHO ADUANERO
GRUPO
N°: 1
APELLIDOS Y NOMBRES:
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Jhosselyn Scarleth, APAZA JARRO
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Ana María, APAZA MAMANI
·
Joshua Abel, CAHUANA CHAMBE
·
Darlet Lucero, CHAMAYA PALLI
·
Alexandra Aldana, ALARCÓN CASTILLO
·
Flor de María, VILLANUEVA BARRETO
SEGÚN EL CASO:-RÉGIMEN
DE IMPORTACIÓN PARA CONSUMO ANTICIPADO SIN GARANTÍA
Nota: Responder con base legal exacta; LIMITARSE AL
ESPACIO ASIGNADO.
MEDIDAS IMPOSITIVAS PARA LAS MERCANCÍAS DE LA SUBPARTIDA NACIONAL 6405.20.00.00
ESTABLECIDAS PARA SU INGRESO AL PAÍS (CALZADO)
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Gravámenes
Vigentes |
Valor |
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Ad / Valorem |
11% |
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Impuesto Selectivo al
Consumo |
0% |
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Impuesto General a las
Ventas |
16% |
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Impuesto de Promoción
Municipal |
2% |
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Derecho Específicos |
N.A. |
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Derecho Antidumping |
N.A. |
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Seguro |
2% (320 USD) |
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Sobretasa Tributo |
0% |
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Unidad de Medida: |
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Sobretasa Sanción |
N.A. |
IMPORTADOR: FAMA EIRL (TQ)-
EXPORTADOR: LUI CORP (TAIWAN) MERCADERÍA:-
Calzado DEPORTIVO MARCA PUMA EN CONTENEDOR 20”
-Precio de INVOICE: 32,000 USD.HANDLING: 150 USD. –ARRIBO DE LA NAVE “TRIDENT”
AL CALLAO: 26 OCT 2022. TÉRMINO DE DESCARGA (TDD[1]) 27 DE OCTUBRE 2022. – FLETE
MARÍTIMO: SHANGAI – CALLAO: 6,500 USD. Estiba: 150 USD: FECHA DE NUMERACIÓN
DAM: 28 OCTUBRE 2022. FLETE TERRESTRE LIMA – TACNA: 500 USD. Se presenta la Póliza
de seguro “RIMAC”,prima:350 usd. CANAL DE CONTROL: ROJO. Importante: ADUANA DE DESPACHO Callao.
1. Determinar
la base imponible o Valor en aduanas:
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Usd:
39,350,00 |
Base
legal: D.L.
N° 1053 – artículo 142: Base imponible. |
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Fecha: 28 de octubre de 2022 |
Base
legal: D.L.
N° 1053 – artículo 140: Nacimiento de la Obligación Tributaria Aduanera. a)
a.1 |
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Fecha: 28 de octubre de 2022 |
BASE LEGAL Art.
150.- inciso a) acápite 1 de la Ley General de Aduanas |
SIGNIFICADO: Esta nos sirve para poder precisar
la fecha de inicio del cómputo, que se necesitara para le llegue el cobro de
aquellos intereses monetarios, legales y compensatorios. |
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Infractor(es): |
OCE Despachador de
Aduana. |
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Sanciones (detallar CON BASE LEGAL en
Ley General de Aduanas y Tabla de Infracciones y sanciones) |
LGA: Art. 197 – Infracciones del operador de comercio aduanero
Inc. I “Infracciones aduaneras del operador de comercio exterior”. TABLA DE SANCIONES: |
3.
Si,
se detecta durante el reconocimiento físico de la mercadería efectivamente es NIKE,
Y SE APLICA NORMAS DE FRONTERA : RESPONDER CON BASE LEGAL:
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SUPUESTO |
RESPONDER en la
casilla de abajo: ¿QUÉ OPCIÓN TIENE EL
IMPORTADOR? |
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a.EL titular de la marca decide NO
denunciar ante INDECOPI. |
DECRETO
LEGISLATIVO N.º 1092: medidas en frontera para la protección de los Derechos
de Autor o Derechos Conexos y los Derechos de Marcas. |
A. ¿Hasta qué fecha cesaría la
acción fiscalizadora de SUNAT en este caso de activarse PRESCRIPCIÓN? [3]
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Fecha:
1 de enero del 2027 |
Base
legal (TUO del CT): Artículo
43 Y 44 inc. 1 Desde
el uno (1) de enero del año siguiente a la fecha en que vence el plazo para
la presentación de la declaración anual respectiva. |
. Si se produce una
notificación con la Resolución de Determinación correspondiente en el domicilio
fiscal de la empresa el 2 de diciembre
del 2022 y UdS. como abogados recomiendan
accionar recurso de Reclamación, responda:
RESPONDAN CON BASE LEGAL
¿Hasta cuando tiene plazo para interponer el recurso?
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Rta: Existe un plazo
de 20 días hábiles computados desde el día hábil siguiente, de la
notificación de Resolución de la Determinación. Se plantea la notificación de Resolución de
determinación, de Fecha 2 de Diciembre del 2022, por tanto se tiene un plazo para poder interponer un recurso
de reclamación del 2 de Enero del 2023 días, hábiles ya mencionados. |
C. En caso de no obtenerse respuesta formal de
la Intendencia de Aduanas de Tacna en el plazo de ley. Cómo y en qué plazo
accionaría (si DECIDE que la mejor opción es agotar vía administrativa).Respondan con base legal.
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Rta: El artículo 144° del TUO del Código
tributario: En el supuesto caso que la administración tributaria no pueda
resolver durante el plazo que se establece, no podrá invalidar la resolución
en tanto el administrado haya considerado denegado su reclamo, por este motivo,
se podrá interponer una apelación. Finalmente resaltamos que el artículo 146
del TUO del Código Tributario nos explica que: la apelación de la resolución
ante el Tribunal Fiscal deberá formularse dentro de los 15 días hábiles
siguientes a aquel en que efectuó su notificación, mediante un escrito
fundamentado. Base legal: TUO del Código Tributario – articulo 144 y 146. |
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Se aplica la sanción de comiso de las mercancías, cuando: g) Cuando la autoridad competente
determine que las mercancías son falsificadas o pirateadas. |
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